Son varias las nuevas claves de la Ley Beckham en 2024, recientemente actualizada (consulte en el propio BOE aquí), que podrían interesarle si es un trabajador, profesional, emprendedor o inversor desplazado a España. Esta normativa, diseñada para facilitar ventajas fiscales a aquellos que decidan establecer su residencia en España, le permitirá obtener un importante ahorro en el IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas). Además, la Ley Beckham también le ofrece beneficios significativos en la declaración de bienes y rentas provenientes del extranjero, independientemente de si su país de origen es España o no, beneficios que Golden Partners le explica en el presente post para optimizar su inversión en España.
Qué es la Ley Beckham
La Ley Beckham en 2024 es el nombre comúnmente utilizado para referirse al régimen especial de tributación para trabajadores desplazados a España dentro de la Ley del IRPF. Este régimen ofrece una serie de beneficios fiscales a aquellos que trasladan su residencia fiscal a España por motivos laborales o de inversión.
Este régimen fiscal recibió su nombre del exfutbolista del Real Madrid, David Beckham, quien fue uno de los primeros en aprovechar las ventajas fiscales de esta normativa.
Beneficios de la Ley Beckham
La nueva Ley Beckham en 2024 beneficia tanto a extranjeros desplazados a España como a españoles expatriados que, tras haber residido fiscalmente en el extranjero durante al menos 10 años, deciden regresar. Este régimen fiscal especial ofrece ventajas fiscales concretas durante el período en que se adquiere la residencia fiscal en España y los cinco años siguientes, lo que lo convierte en una opción altamente atractiva para quienes buscan optimizar su carga tributaria. Los beneficios del régimen fiscal de impatriados durante el período impositivo en que se adquiere la residencia fiscal en España y los cinco siguientes se resumen en los 5 puntos siguientes:
1. Tributación por rentas generadas en España
El trabajador desplazado tributa tan sólo por las rentas de fuente española, por las que genere en el territorio español. No tributa por las rentas producidas en el extranjero, generadas en su país de origen. Tan sólo tributaría de forma mundial por las rentas generadas por su trabajo.
2. Tipo impositivo del IRPF al 24%
Las rentas de fuente española tributan al 24% en el IRPF por los primeros 600.000 euros, y a partir de esa cantidad, al 47%. Como el impatriado obtiene un certificado de residencia fiscal en España, en su país de origen tributará como no residente fiscal, con un tipo impositivo más bajo. Hay contadas excepciones, en países donde se tributa por nacionalidad, con independencia de dónde se disponga de la residencia fiscal, por lo que cada caso deberá ser analizado por un experto fiscal.
3. Impuesto sobre el Patrimonio sólo por los bienes sitos en España
El impatriado debe declarar el Impuesto sobre el Patrimonio en España únicamente por los bienes situados en territorio español. En algunas regiones, como la Comunidad de Madrid, es decir; en Madrid capital y sus localidades de alrededor, se aplican altos porcentajes de exención.
4. El Modelo 720 no es de obligada presentación
El desplazado a territorio español que adquiere la residencia fiscal en España no está obligado a presentar el modelo 720 (modelo de declaración informativa de bienes y derechos situados en el extranjero) como la presentan el resto de residentes fiscales, incluidos los propios españoles por lo que tienen fuera.
5. Beneficios fiscales para el cónyuge e hijos
El cónyuge y los hijos menores de 25 años del impatriado pueden tributar en España por el Impuesto sobre la Renta de no Residentes, lo que les permite beneficiarse de tipos impositivos más bajos, siempre que se desplacen con el contribuyente y adquieran la residencia fiscal en España.
Requisitos de la Ley Beckham
La Ley Beckham en 2024 requiere del cumplimiento de los siguientes requisitos:
- No haber tenido la residencia fiscal en España durante los últimos 5 años
- No disponer de una actividad por cuenta propia como autónomo o freelance
- Disponer de un nuevo trabajo que justifique el traslado a España
- Cumplir con una serie de plazos de traslado, de solicitud del régimen y del comienzo de la actividad laboral en España.
Cómo solicitar la Ley Beckham
Para que pueda serle aplicada la nueva Ley Beckham este 2024, debe informar a la Agencia Tributaria española (AEAT) y presentar los siguientes documentos:
- Modelo 149
- Pasaporte y NIE
- Número de la Seguridad Social
- Contrato de trabajo con la empresa española
Desde Golden Partners, como abogados expertos en fiscalidad y extranjería, le ofrecemos el asesoramiento legal necesario para tomar la mejor decisión para usted y su familia evitando riesgos y cumpliendo con la legislación española y europea.
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