Si se plantea trasladar su residencia fiscal a España, y en concreto a la Comunidad de Madrid y desea conocer todos los beneficios fiscales de la Ley Mbappé, ha llegado a la website correcta. Resuelva todas sus dudas sobre las oportunidades fiscales de esta deducción autonómica que le permitirá ahorrar mucho dinero en su declaración de la renta y a moverse libremente por el espacio Schengen (que incluye casi una treintena de países europeos). Y que surgió por el fichaje de Kylian Mbappé, uno de los jugadores del Real Madrid.
En este artículo le contamos en qué consiste la Ley Mbappé, los requisitos y beneficios fiscales, casos de éxito de algunos de nuestros clientes y los pasos para poder ayudarle desde Golden Partners con el proceso de solicitud y declaración de la Renta.
Qué es la Ley Mbappé de la Comunidad de Madrid
La Ley Mbappé es una deducción del tramo autonómico del IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) del 20% de la aportación realizada en obligaciones, bonos, letras del Tesoro, acciones de sociedades cotizadas y no cotizadas o aportaciones en sociedades limitadas entre otras, y siempre excluyendo el sector inmobiliario.
Se conoce como la Ley Mbappé de Ayuso porque su propulsora fue la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso. Según el Instituto Nacional de Estadística, Madrid lidera la creación de empleo y atracción de millones de euros capital extranjero, por lo que cada vez más extranjeros hispanoamericanos e internacionales ven la capital de España como un destino de inversiones.
Ley Mbappé requisitos
Los requisitos para optar a la deducción fiscal de la Ley Mbappé son no haber residido en España durante los cinco años últimos, mantener la residencia en Madrid durante el periodo en que se realicen las inversiones, que será de, al menos, 6 años; no realizar inversiones en paraísos fiscales y que su participación en el caso de sociedades no supere el 40% del capital, sin que sean en ningún caso de carácter inmobiliario y no solicitar a su vez la Ley Beckham. Los desglosamos a continuación:
No haber residido en España los últimos 5 años
El interesado no puede haber sido residente fiscal en España durante los 5 ejercicios fiscales o años anteriores al cambio de residencia. Siguiendo las prácticas fiscales, se deberá aportar certificado de residencia fiscal de su país de residencia fiscal previa, que podrá obtener con el justificante de haber presentado sus correspondientes declaraciones tributarias como residente fiscal en dicho país.
Mantener la residencia en la Comunidad de Madrid
El solicitante de esta deducción autonómica deberá mantener la residencia en cualquier población de la Comunidad de Madrid durante todo el periodo en el cual se desarrollen las inversiones.
Mantener las inversiones durante 6 años en el patrimonio
Se deberán mantener las inversiones durante 6 años en el patrimonio, con la excepción de que se transmitan de forma onerosa para la reinversión total de las ganancias en otras inversiones en el plazo de un mes a contar desde la transmisión.
En todo caso, se debe mantener la inversión realizada hasta que se adquiera la residencia fiscal en España, pudiendo reinvertir en los activos y con los requisitos señalados, a partir del ejercicio de adquisición de la residencia. El objeto es combatir con activos financieros la deuda pública española y busca atraer a inversores a la región madrileña.
No invertir en paraísos fiscales
La inversión no puede realizarse en entidades domiciliadas en paraísos fiscales a los efectos del fisco español. Es decir, que su inversión puede realizarse en Madrid, en otras regiones de España o en cualquier parte del mundo siempre que no sea un paraíso fiscal para la Hacienda española (denominadas jurisdicciones no cooperativas actualmente).
Limitaciones a la inversión: participación del 40%
La participación en fondos no debe superar el 40% del capital social de la entidad o de sus derechos de voto. Se trata de un porcentaje considerado en conjunto con la posible participación del cónyuge u otra persona unida al contribuyente por parentesco (en línea recta o colateral, por consanguinidad o afinidad; hasta segundo grado incluido).
Además, el inversor tampoco puede tener funciones ejecutivas ni de dirección, ni mantener una relación laboral en la entidad objeto de la inversión.
No aplicable a sociedades de carácter inmobiliario
La inversión no puede realizarse en propiedades inmobiliarias ni en sociedades que directa o indirectamente detenten un carácter inmobiliario. Para dicho propósito, aún se encuentra vigente la visa dorada en España.
No solicitar la Ley Beckham
Este régimen fiscal será incompatible con el régimen de impatriados, más conocido como Ley Beckham, previsto en el artículo 93 de la Ley del IRPF, por lo que el contribuyente deberá elegir entre uno de los dos (si bien este segundo está más pensado para directivos en nómina trasladados a España por motivos de trabajo).
Cómo funciona la Ley Mbappé
La Ley Mbappé fue aprobada por la Asamblea de Madrid con la Ley 4/2024, de 20 de noviembre, por la que se modifica el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Madrid, por lo que, hasta abril del 2025 no comenzará el plazo de declaración del IRPF: será tan sencillo como incluir esta deducción autonómica en la declaración de la renta del contribuyente (modelo 100).
Si el contribuyente tuviera derecho a más deducciones autonómicas de la Comunidad de Madrid, la Ley Mbappé se aplicará con posterioridad. Si la inversión se realizó en el ejercicio anterior a aquel en que adquirió la condición de contribuyente del IRPG, la deducción se aplicará en el ejercicio en el que se adquiera la residencia fiscal o en los 5 ejercicios siguientes inmediatos y sucesivos, en caso de insuficiencia de cuota íntegra.
Beneficios de la Ley Mbappé
Los beneficios de la Ley Mbappé son la posibilidad de deducirse el 20% de la inversión de la cuota autonómica de su IRPF, aplicarse en su declaración a presentar en 2025 si adquirió la residencia fiscal en 2024, y reinvertir las ganancias de su inversión en otra de las permitidas por la Ley aplicable.
Diferencias Ley Beckham vs Ley Mbappé
Numerosos inversores extranjeros están al tanto del régimen fiscal de impatriados, conocido popularmente como Ley Beckham, en referencia al exjugador del Real Madrid, David Beckham. Sin embargo, no todos conocen los beneficios de la Ley Mbappé. Por ello, es fundamental detallar las diferencias entre Ley Beckham y Ley Mbappé:
Beneficiarios: altos ejecutivos versus inversores
La Ley Beckham, vigente por más de 20 años y con varias modificaciones a lo largo del tiempo, está dirigida a trabajadores trasladados a España, especialmente altos ejecutivos con salarios elevados. En cambio, la Ley Mbappé está diseñada para grandes inversores que trasladan su residencia fiscal a Madrid, si bien podrán beneficiarse emprendedores de startups, directores de empresas o ejecutivos, incluso jubilados con rentas significativas o ciudadanos españoles que regresan tras haber trabajado en el extranjero. Inversores de family offices y managers de fondos, pueden encontrar en esta Ley una oportunidad para relocalizarse en Madrid.
Modelo especial del IRPF contra una deducción autonómica
Ambos beneficios fiscales difieren en cuanto a su presentación ante la Agencia Tributaria española. La Ley Beckham requiere un modelo especial de solicitud y luego el modelo especial de declaración anual. Por su lado, la Ley Mbappé implica la aplicación de una deducción en el IRPF de Madrid, reflejándose en el modelo estándar de declaración del Impuesto sobre la Renta (modelo 100).
Aplicación en todo el territorio nacional frente a solo en Madrid
La Ley Beckham está destinada a extranjeros que trasladan su residencia fiscal a cualquier parte de España, ya sea la Península, las Islas Baleares, las Islas Canarias, o las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla. En contraste, la Ley Mbappé se aplica únicamente a aquellos que trasladan su residencia fiscal a una ciudad de la Comunidad de Madrid, incluida la capital de España, si bien la inversión se puede realizar en cualquier lugar del mundo siempre que no tenga la consideración de paraíso fiscal.
Requisitos de aplicación diferentes
Aunque ambas legislaciones exigen que el interesado no haya tenido su residencia fiscal en territorio español durante los últimos 5 años, la Ley Beckham no establece un periodo mínimo de residencia en España para beneficiarse del régimen fiscal especial, sólo un periodo máximo: durante 6 años (el ejercicio fiscal de concesión y los 5 siguientes). En cambio, la Ley Mbappé sí exige mantener la residencia fiscal en alguna ciudad de la Comunidad de Madrid durante un mínimo de 6 años.
Por otro lado, la Ley Beckham está orientada a altos ejecutivos (empleados por una empresa que le destine a España), mientras que la Ley Mbappé se dirige a inversores que trasladen su residencia fiscal a la Comunidad de Madrid aunque su inversión se realice en la misma ciudad o en otra diferente de España o del mundo, siempre que no sea en un paraíso fiscal.
Beneficios fiscales distintos
La Ley Beckham permite tributar en España solo por los ingresos de fuente española, con la excepción del salario, que se grava globalmente, al 24% los primeros 600.000 euros, y el exceso, al tipo marginal del 47%. Esto le proporcionaría un ahorro fiscal significativo tanto para sus rentas del trabajo (24% hasta los primeros 600.000 euros) como para el resto de ingresos que generara durante su permanencia en España.
Por otro lado, la Ley Mbappé permite una deducción del 20% de la aportación realizada en su declaración de la Renta que presentaría como residente fiscal en Madrid y que por tanto, tributa al tipo marginal de los residentes fiscales en España, aunque con tipos impositivos bajos por la parte de la cuota autonómica, al tratarse de la Comunidad de Madrid.
Testimonios de inversores y profesionales beneficiados de la legislación madrileña
La Ley Beckham ha demostrado ser una herramienta excepcional para atraer talento extranjero de alto nivel a España. Golden Partners ha gestionado exitosamente casos como el de Ignacio Pérez, un chileno que ocupa el puesto de director comercial en una startup tecnológica, y James Green, un ingeniero británico especialista en inteligencia artificial.
Ignacio Pérez, con un salario anual de 250.000 USD (aproximadamente 228.000 EUR), logró reducir su carga fiscal de un 47% a un 24%, resultando en un ahorro fiscal de 52.440 EUR al año. «La asesoría de Golden Partners fue crucial para entender los beneficios fiscales y optimizar nuestra expansión en Europa,» comenta Pérez.
Por otro lado, James Green, con un salario de 80.000 GBP (aproximadamente 93.000 EUR), se benefició de la misma reducción fiscal, ahorrando aproximadamente 21.390 EUR anuales. «Golden Partners facilitó todo el proceso, haciendo que la transición fuera fluida y ventajosa» señala Green.
Ambos casos reflejan cómo la Ley Beckham, gestionada por expertos como Golden Partners, no solo beneficia a los profesionales, sino que impulsa el crecimiento económico y tecnológico en España. Por su parte, la Ley Beckham está pendiente de entrar en vigor, si bien se espera una gran acogida por parte de inversores y empresarios hispanoamericanos, europeos y estadounidenses que estén pensando en trasladar su residencia fiscal a Madrid.
Solicitar la Ley Mbappé con Golden Partners
Por todo lo anterior, desde Golden Partners nos ponemos a su entera disposición para asesorarle con la planificación fiscal de su patrimonio tanto si está pensando en venirse a trabajar a España, realizar una inversión en Real Estate u otras oportunidades de negocio, así como en favorecer la instalación de su familia en España y que puedan moverse libremente por toda Europa.
Disponemos de muchos años de experiencia asesorando y gestionando el patrimonio de nuestros clientes. Estaremos encantados de poder atenderle tanto en español como en inglés y francés.